Investcapital reclama deudas de Santander Consumer Finance
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Santander Consumer Finance vendió tu préstamo a Investcapital Ltd.
Santander Consumer Finance, es una filial del Banco Santander, especializada en financiar bienes de consumo con unos intereses mucho más altos que los del banco matriz.
Este mayor coste de la financiación a los clientes, deviene en un mayor número de préstamos impagados, ya que tampoco se estudia demasiado la solvencia del cliente a la hora de prestarle el dinero.
Cuando la cantidad de préstamos impagados alcanza cierto nivel, Santander Consumer opta por agrupar estos en una cartera de deudas y venderla a fondos especulativos, o sea, los conocidos como «fondos buitre», a precios muy por debajo de su valor nominal.
El fondo tiene los recursos y los medios para cobrar estas deudas, tanto en vía amistosa como judicial.
Dado que el precio de compra es muy inferior al valor teórico de la cartera de deudas, si el fondo consigue cobrar un porcentaje del 30% de los préstamos, ya ha hecho un buen negocio.
Hace unos meses trascendió que Santander Consumer ha vendido una cartera de deuda en situación de morosidad a Investcapital, LTD.
En esta operación financiera Santander Consumer Finance se ha desprendido de unos 100 millones de euros de deuda de difícil cobro.
La deuda ha sido adquirida a bajo precio por INVESTCAPITAL quien le pedirá a los deudores la totalidad de la deuda pendiente.
Es posible que tengas una deuda con Santander Consumer y dejaste de pagarla hace tiempo, y ahora te la reclame este fondo.
Santander Consumer Finance es muy conocida por cobrar intereses de escándalo a quien tiene la necesidad de acudir a ellos.
Esta financiera ofrece tarjetas de crédito de tipo revolving, préstamos por el mismo sistema, y líneas de crédito para la financiación de bienes de consumo.
Si tenías una deuda impagada con Santander Consumer Finance, es probable que Investcapital sea ahora es el propietario de la misma.
Y por eso, Investcapital Ltd. te reclama para que pagues la deuda, por las buenas o por las malas.
Desde el momento en que se firman los contratos ante notario, por el cual SANTANDER CONSUMER FINANCE S.A., vende y cede a Investcapital Ltd. una cartera de créditos impagados, esta entidad pasa a ser dueña de todas las deudas incluidas en esa cartera, con todos sus derechos y obligaciones.
Eso significa que ya SANTANDER CONSUMER FINANCE no va a reclamarte más esa deuda, pero sí lo hará la compradora, Investcapital.
Es muy probable que las gestoras de cobro de Investcapital te estén llamando insistentemente para reclamarte esa deuda.
Si es así, y reconoces que la deuda existe, que dejaste de pagar hace poco tiempo, y que te reclaman lo que realmente debes, nosotros podemos ayudarte a negociar con ellos.
Salvo que consideremos que el caso tiene defensa en los juzgados, por razones tales como el abuso en los intereses, la falta de transparencia en los contratos, o la abusividad de sus cláusulas.
Si es mejor llegar a un acuerdo, podemos negociar una quita, o sea, una rebaja de lo reclamado, o el establecimiento de un calendario de pagos que evite un proceso judicial y mayores gastos.
Investcapital Ltd., cómo la mayoría de fondos, suele estar dispuesta a negociar el cobro de las deudas que reclaman de forma amistosa.
Tanto en un caso, como en otro, nosotros podemos ayudarte.
Si tu deuda todavía no está reclamada en el juzgado, es más fácil llegar a un acuerdo.
Pero nuestro consejo es que no lo hagas directamente, porque todo esto tiene muchos flecos y si no entiendes bien como funciona esto, puedes perjudicarte.
Pide ayuda a abogados especializados en derecho bancario. Nosotros lo somos.
Si ya el asunto está en el juzgado, y te han notificado la demanda, hay que ver si procede negociar.
O bien si, por las características de la reclamación es mejor continuar el pleito y que sea el juez quien se pronuncie.
Nosotros estudiamos las demandas que nos envían nuestros clientes y tras su análisis aconsejamos lo que creemos mejor para ellos.
Cada caso es distinto.
Por eso, en unos aconsejamos negociar, y llegar a un acuerdo que ponga fin al pleito acordando una cantidad, y en otros aconsejamos que el pleito siga adelante hasta sentencia.
Y si es por lo que va a costarte, no te preocupes. Nuestros honorarios son muy ajustados.
Ninguna deuda se arregla sola, a menos que se pague.. Nosotros te ayudamos a solventarlas.
¿Se puede negociar con el acreedor después de una sentencia
Si te pusieron una demanda y no te personaste en el pleito, el juzgado te declaró rebelde y te condenó a pagar y no pagaste, seguro que ya te están ejecutando y te están llegando embargos.
Lo mismo ocurre si te personaste en el procedimiento judicial, pero te condenaron a pagar y no has pagado porque no puedes.
En ese caso, cuando ya la sentencia está en proceso de ejecución, para cobrar a la fuerza las cantidades reclamadas, aunque parezca tarde nunca lo es para negociar.
¡Ojo!: con el juzgado no se puede negociar. El juzgado tiene la obligación legal de proceder contra el condenado al pago que no abona su deuda.
Pero con el acreedor, sea Santander Consumer Finance, o sea Investcapital, si se puede negociar en cualquier momento.
Claro es que, dependiendo de las circunstancias particulares del caso, la entidad estará más predispuesta a llegar a un acuerdo, o menos.
Pongamos ejemplos: si el deudor tiene una nómina elevada, y se ordena embargarla, es posible que si la deuda no es demasiado alta, la financiera no tarde mucho en cobrarla entera.
Pero puede ocurrir que aunque sea alta, esta nómina ya esté embargada por otro acreedor antes: Hacienda, la Seguridad Social, otro banco o acreedor particular, el Ayuntamiento, la Diputación, etc.
En ese caso, hasta que no se liquide un embargo no se puede proceder a cobrar otro, con lo que el embargo que se ha hecho por último quedará «en cola» a expensas de que se termine de pagar el primero.
¿Que se puede embargar en una ejecución?
Los embargos pueden dirigirse contra todos y cada uno de los bienes del deudor. No sólo contra la nómina, sino contra el dinero que tenga en el banco, o contra una casa, un coche, etc.
Si la entidad acreedora detecta que le va a resultar fácil cobrar la deuda, no estará muy dispuesta a negociar, pero siempre se puede intentar con diversos argumentos y razones.
Pero si el cliente es insolvente, no trabaja o bien gana poco, no tiene propiedades ni nada de donde tirar, la financiera preferirá llegar a un acuerdo antes que perderlo todo.
Los términos de una negociación
Se puede negociar con Investcapital una reducción de la deuda, o un fraccionamiento del pago. Las dos cosas simultáneamente no las admite.
Si la deuda está en ejecución, se puede negociar también que no se cobren los intereses y las costas de la ejecución judicial.
Hay que tener en cuenta que una ejecución del juzgado es un procedimiento distinto al pleito principal, que también tiene sus costas.
Si la negociación es amistosa, y todavía no hay proceso judicial, el trámite es más sencillo. Se firma un acuerdo de reconocimiento de deuda y se fija un calendario de pagos.
En caso de que el deudor lo incumpla, Investcapital le reclamará en el juzgado.
Si la negociación se produce cuando Investcapital ha puesto la demanda, y antes de que haya sentencia, se presenta el acuerdo al juzgado para que este lo homologue.
Esta homologación supone que si el deudor incumple, automáticamente se puede pedir la ejecución, y por ende, el cobro a la fuerza.
Siempre que la deuda esté ya en ejecución, el acuerdo consiste en fijar la cantidad a pagar finalmente, y el plazo para su pago. Mientras este llega, el fondo no pide al juzgado nuevos embargos.
Cuando finalmente se abona lo acordado, Investcapital solicita al juzgado el levantamiento de cualquier embargo que subsista, y el archivo definitivo de la ejecución.