Juzgado desestima demanda de Fornax por deuda con Cofidis en Ourense
Un cliente de Ourense es absuelto de pagar una deuda con COFIDIS
El juzgado desestima una demanda interpuesta por Fornax Capital contra un cliente de Ourense. Fornax Capital compró una cartera de deudas a COFIDIS, dentro de la cual se incluía la reclamada a nuestro cliente. Sin embargo, esta deuda estaba prescrita cuando se reclamó, y así lo sentenció el juez, absolviendo a nuestro cliente de pagar ni un céntimo, y encima, condenando a Fornax Capital al pago de las costas del pleito.
Analisis de la sentencia:
Antecedentes del Caso:
– Demanda inicial por parte de FORNAX CAPITAL LTD contra nuestro cliente reclamando una cantidad de 2.882,30 euros, más intereses legales y costas.
– Contestación a la demanda y formulación de impugnación por parte del demandado.
– Vista del pleito programada para el xx-xx-2023.
Fundamentos de Derecho:
– FORNAX CAPITAL LTD reclamó la cantidad debido a un contrato de préstamo con COFIDIS que el cliente no terminó de pagar, y que adquirió mediante un contrato de cesión de créditos.
– Cuando contestamos la demanda, alegamos la prescripción de la acción como motivo de oposición.
– El juez hace un análisis muy detallado sobre la prescripción de acciones según la jurisprudencia y la normativa legal aplicable.
Fallo y Conclusión:
– Desestimación de la demanda interpuesta por FORNAX CAPITAL LTD contra nuestro cliente.
– Imposición de costas al demandante.
– No se permite interponer recurso de apelación debido al valor del pleito, que no supera los 3.000 euros
¿Cuál fue el motivo principal de la demanda presentada por FORNAX CAPITAL LTD?
El motivo principal de la demanda presentada por FORNAX CAPITAL LTD fue solicitar que se condenara a D. xxxx al abono de la cantidad de 2.882,30 euros, más los intereses legales y costas, basada en un contrato de préstamo que la demandada tenía con COFIDIS.
Este contrato generó un débito que ahora reclama el demandante tras la correspondiente cesión de crédito.
Posteriormente, la cantidad reclamada fue rebajada a 1.751,58 euros, más los intereses legales y costas.
¿Por qué se desestimó la demanda y cuál fue el fundamento legal para esta decisión?
La demanda interpuesta por FORNAX CAPITAL LTD contra nuestro cliente fue desestimada fundamentalmente por razones de prescripción de la acción.
Razones para la Desestimación:
1.Prescripción de la Acción:
– La parte demandada alegó la prescripción de la acción en su oposición.
– Según la relación de hechos, el último extracto de deuda es de fecha 3-2-2014, y la acción judicial más reciente fue iniciada a través del proceso monitorio en abril de 2022.
De acuerdo con los plazos presentados, la acción ya había prescrito cuando se realizó la reclamación judicial.
- Falta de Constancia de Recepción de la Notificación de la Cesión de Créditos:
– La documental presentada mostró que la carta de fecha 10 de diciembre de 2020 informando al demandado de la cesión de créditos fue devuelta sin cumplimentar, lo que implica que no hay constancia fehaciente de su recepción por parte del demandado.
Fundamento Legal:
– Cambio en el Plazo de Prescripción:
– La Ley 42/2015, de 5 de octubre, reformó el artículo 1964 del Código Civil, reduciendo el plazo de prescripción de las acciones personales de quince a cinco años.
– Para las relaciones jurídicas nacidas antes de la entrada en vigor de esta ley, se aplica lo dispuesto en el artículo 1939 del Código Civil, que establece el sistema transitorio de prescripción.
– Jurisprudencia:
– La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña de 28 de septiembre de 2022 se refiere a la prescripción en contratos similares, reafirmando la reducción de plazos conforme a la Ley 42/2015.