ASNEF: una herramienta de coacción para que pague

ASNEF

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ASNEF: ¿qué es?

ASNEF es el nombre de un fichero de morosidad.

Es un nombre inolvidable para muchas personas que han tenido la desagradable experiencia de ir a comprar cualquier cosa a crédito, y cuando han ido a financiarla, no han podido.

El dependiente les ha dicho que no era posible, porque le denegaban la financiación.

Esto es la consecuencia de que los datos del cliente están incluidos en un fichero de morosidad.

Estos son gestionados por entidades como ASNEF EQUIFAX, Experian, R.A.I. o Informa D&B, la sucesora de Dun&Bradstret, aunque esta última tiene todavía poca implantación en España.

Nos centraremos en ASNEF, que sin duda es la que acapara la mayor parte del mercado.

Digamos que ASNEF son las siglas de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito.

Esta entidad está constituida al amparo de la Ley 19/1977, que por si no lo sabes, es la ley que regula el derecho de asociación sindical.

Sí, sí, la misma que permite los sindicatos de trabajadores.

¿Sorprendente, verdad? Pues nada, las cosas son así. ¡Quien lo iba a decir!

¿Para que sirve ASNEF?

Esta Asociación se constituye para crear el fichero ASNEF, y tiene como objetivo, según sus palabras, prevenir la morosidad.

También dar seguridad al tráfico comercial y valorar la solvencia patrimonial de las personas.

No hay duda que estos intereses son legítimos.

Todo buenas palabras. Si yo vendo algo, quiero tener la seguridad de que el cliente me va a pagar.

Eso es algo razonable e irreprochable.

De esa forma una empresa puede conocer que el futuro cliente es conflictivo o no, en base a su historial de impagos.

Indudablemente se da seguridad al tráfico comercial, porque de poco vale vender si no se cobra.

Al final se pierde el dinero y el cliente.

En esta página nos centramos en ASNEF, pero todo lo que decimos es perfectamente extrapolable al resto de entidades que gestionan ficheros de morosidad.

O como se dice más técnicamente “de sistemas de información crediticia”, como el gestionado por Experian Bureau de Crédito, o Informa D&B.

¿Quien puede incluir tus datos en un fichero de solvencia patrimonial?

Según informa ASNEF EQUIFAX, tus datos pueden ser incluidos por bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de renting.

También por sociedades de garantía recíproca, telecomunicaciones, petrolíferas, seguros de crédito, editoriales y distribuidoras de libros, ofimáticas, distribuidoras de tarjetas, operadoras de telefonía.

Igualmente pueden ser añadidos por operadoras de cable, establecimientos financieros de marca, cementeras, de transportes, de rent a car, de alimentación.

Asimismo la inclusión puede ser hecha por compañías energéticas, agencias de valores y bolsa, etc.,.

En este etcétera está incluida cualquier compañía que venda masivamente, tanto al contado como a crédito, y en este caso, que financie directamente sus ventas.

Empresas, bancos y financieras Asociados a ASNEF

Son muchas las compañías asociadas a ASNEF, y por tanto, las que tienen la potestad de incluirte en su fichero, tanto si debes como si no debes. 

En él encontramos, junto a la totalidad de los bancos y financieras, a viejos conocidos nuestros, como Wizink Bank, recientemente condenado por usura en sus tarjetas revolving. 

También a Unión de Créditos Inmobiliarios, uno de los campeones de los préstamos en IRPH

Está igualmente CREDIFIMO, la financiera de los préstamos hipotecarios colmados de cláusulas abusivas.

No podían faltar  los “fondos buitre”: PRA IBERIA, INTRUM, TTI FINANCE,  CABOT ASSETS, AXACTOR PORTFOLIO HOLDING, HOST FINANCE, LINDORF INVESTMENT y ZEUS PORTFOLIO. usureros como KREDITO 24 SPAIN, SÖBRALAEN OÜ (Bondora), WANDOO, y muchos más. 

¿Cómo saber si estoy en ASNEF?

Tu puedes saber si estás incluido en alguno de los ficheros de morosos de dos formas: directa o indirecta.

La forma directa es porque has recibido una comunicación de ASNEF comunicándote la inclusión en su fichero

En esta comunicación se te informa de qué entidad es la que te ha incluído y cual es la cantidad que presuntamente debes.

La forma indirecta, más desagradable si cabe, es cuando solicitas un crédito, vas a comprar algo financiado, quieres contratar una línea de teléfono o cambiar de compañía, vas a hacer un contrato de luz para una nueva vivienda o local, etc., y te dicen que no es posible. 

Esto es porque el operador ha metido tu DNI en el fichero ASNEF y le sale que estás incluido en él.

El operador no sabe ni puede saber que es lo que supuestamente debes, porque los datos están protegidos. Pero lo que está claro es que le impide hacer tu gestión.

Si no estás seguro de si estás incluido en estos ficheros de morosidad, puedes preguntar por escrito directamente a la entidad.

ASNEF: consultar fichero

La Ley de Protección de Datos de Carácter Personal te da derecho a consultar los datos que tengan de usted (Derecho de acceso). 

También a  pedir su rectificación,  su cancelación, u oponerte a los mismos.

Cuando haces esta petición, normalmente te contestan con rapidez y te indican tanto si hay datos como si no. 

También te informan sobre quién de sus asociados han accedido al fichero para preguntar si hay apuntes a tu nombre en los últimos seis meses.

Por último, puedes ejercer todos los derechos que la Ley de Protección de Datos te concede, es decir, el Acceso, la Rectificación, la Cancelación, la Oposición y la Limitación de los mismos. 

ASNEF tiene establecidos diversos modos de acceder a tus datos. 

Por su utilidad, puedes pinchar aquí e irá directo a su página por si tienes necesidad de comunicar con ellos.

Préstamos con ASNEF

Si solicitas un préstamo, los protocolos bancarios obligan a consultar estos ficheros de morosidad. Esto es normal aunque seas un antiguo cliente.

Comenzando con el CIRBE, fichero gestionado por la Central de Información de Riesgos del Banco de España, aunque no es propiamente un fichero de morosidad. Es un fichero de «riesgos».

En el CIRBE están prácticamente todos los créditos, préstamos y avales comunicados por las entidades financieras

Todos, o sea, no solo los que estén en situación de morosidad. 

Si pides un préstamo y te lo dan, de inmediato la entidad comunica la concesión al Banco de España.

A continuación la entidad bancaria consultará el R.A.I., que es el Registro de Aceptaciones Impagadas, aunque este cada vez tiene menor relevancia para los particulares.

Hay que tener en cuenta que estas Aceptaciones Impagadas son letras de cambio, pagarés y cheques devueltos.

La última comprobación será ver si hay apuntes en ASNEF o los demás ficheros de cumplimiento de obligaciones.

Hay que tener en cuenta que tanto CIRBE como R.A.I. se circunscriben al ámbito bancario. 

Pero el cliente puede tener otras deudas que no aparecen en esos registros, pero sí en los de morosidad.

La entidad bancaria valorará si la existencia de apuntes en ASNEF es óbice para concederte o denegarte el préstamo o la financiación. 

Dependerá de tu historial crediticio, de la cantidad de apuntes de morosidad, de su relevancia, etc.

Lo normal es que si tienes apuntes, te pongan pegas o te denieguen el crédito.

Mini-créditos con ASNEF

Hay ocasiones en que sí se pueden obtener créditos aun estando incluidos en ASNEF, u otros ficheros de morosidad. 

Son los créditos rápidos, mini-créditos o préstamos on-line, a los que aconsejamos no acudir jamás, ya que para solventar un problema económico urgente nos meteremos en otro problema económico de una envergadura mayúscula si no podemos afrontarlo en su tiempo.

Así, es muy habitual ver en televisión muchos anuncios de entidades que sí conceden MINICRÉDITOS CON ASNEF

Pero por desgracia, son financieras que prestan dinero en pequeñas cantidades a tipos de interés usurarios. 

La enorme rentabilidad que sacan a su dinero les protege del riesgo de que alguien no pague. 

Por eso, es muy probable que te concedan un “microcrédito con ASNEF”. Si no pagas, ya se encargarán de acosarte hasta la extenuación para que lo devuelvas.

Cómo salir de un fichero de morosos

La respuesta es obvia: si debes lo que te reclaman, debes pagarlo.

Una vez abonado, tendrás que enviar copia de lo pagado a ASNEF, por los medios que dicha entidad indica, y de inmediato procederán a la cancelación de los datos.

Pero, ¿y si nos debe nada y sin embargo estás en el ASNEF?

Aquí la cosa ya es más complicada.

Puede ser que no debiendo nada estés en ASNEF por diversas razones:  por ejemplo, errores administrativos del acreedor que no ha comunicado la cancelación de la deuda.

También ocurre que hay diferentes maneras de interpretar un contrato, reclamaciones improcedentes de compañías de servicios (eléctricas, de telecomunicaciones, etc.).

Lo mismo puede decirse de créditos contenciosos que están judicializados, y que no deberían incluirse sino a partir de una sentencia que declarara la existencia real de la deuda.

La Ley de Protección de Datos

La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en su Artículo 20. Sistemas de información crediticia, dice: 

  1. Salvo prueba en contrario, se presumirá lícito el tratamiento de datos personales relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de crédito por sistemas comunes de información crediticia cuando se cumplan los siguientes requisitos:
  2. a) Quelos datos hayan sido facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
  3. b) Que los datos se refieran a deudas ciertas, vencidas y exigibles,cuya existencia o cuantía no hubiese sido objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor o mediante un procedimiento alternativo de resolución de disputas vinculante entre las partes.

Reclamaciones de consumo: no te quedes quieto

Si tienes una disputa de consumo de poca importancia (telefónicas, eléctricas, etc.) y no llegas a un acuerdo con la misma, NO TE QUEDES QUIETO esperando que la Compañía lo arregle.

Y eso porque lo que va a hacer es meterte directamente en el fichero de morosos.

Si hay acuerdo, tiene que constar POR ESCRITO.

Si no hay acuerdo, reclama ante las autoridades de Consumo, locales, provinciales o de tu autonomía,

Salvo que la cosa fuera muy grave y tuvieras que irte al Juzgado.

Esta reclamación es suficiente para que si te han metido en el fichero, tengan que sacarte.

Siempre, en todos estos casos, hay que exigir a ASNEF que cancele los datos.

En principio se puede pedir una cancelación temporal, para estudiar de donde viene el apunte y comprobar si se ajusta a la realidad o no.

Si se ha presentado reclamación judicial o administrativa no se podrá reactivar el apunte hasta que haya resolución definitiva dando la razón al acreedor, no a ti.

La justificación de esta cancelación temporal se basa en que no te perjudique la inclusión en el fichero en este tiempo.

La cancelación temporal normalmente suele ser de un mes.

Si pasado este tiempo no se presenta la documentación para la cancelación definitiva, el apunte vuelve a reactivarse, salvo el caso explicado de reclamación judicial o administrativa.

Prescripción de los datos

Hay una manera de salir de ASNEF o de cualquier otro fichero de morosos, y es dejar pasar el tiempo.

A los cinco años, el apunte tiene que ser cancelado, aunque subsista la obligación de pago porque no haya prescrito.

Esto significa que, cumplidos los cinco años, la entidad gestora del fichero debe proceder de oficio a su borrado (técnicamente se llama cancelación).

Aunque por nuestra experiencia sabemos que si no se le exige, no lo hace.

ASNEF, como todos estos inventos del sistema, aunque su razón de ser sea lícita, finalmente en muchos casos camina por el filo de la navaja de lo que es legal o no lo es.

La amenaza de ser incluido en un fichero de morosos nos lleva a pagar deudas que realmente no son tales.

Una simple disputa con una compañía de telefonía por una factura improcedente que nos negamos a pagar, es motivo suficiente para que esta nos presione incorporando nuestros datos a los ficheros.

Cancelar los apuntes en ASNEF

En muchas ocasiones, ASNEF ha cancelado un apunte a petición del titular al haber pasado el plazo (seis años antes, cinco ahora) tras la correspondiente advertencia de reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, pero a los pocos meses ASNEF ha vuelto a reactivarlo.

Conviene no olvidar que el plazo máximo para incorporar y mantener un apunte a un fichero de estas características es de cinco años a partir de la fecha del vencimiento.

O sea, por ejemplo, si tienes un préstamo impagado con un banco y este venció el 1 de junio 2013, no podrá incluirlo después del 1 de junio de 2018, fecha en la que necesariamente habrá de cancelarse.

Antes, estos ficheros también incluían datos tomados de los boletines oficiales.

Por lo que si tenías una deuda con un ayuntamiento, con Hacienda o la Seguridad Social, lo incorporaban a su ficha. 

Esto lo ponían en un apartado llamado “incidencias judiciales”.

Esto parece que ya no es posible, porque la nueva Ley prescribe que solo se pueden añadir datos facilitados por los propios acreedores. 

De ser así, reclama de inmediato.

ASNEF es un mecanismo de coacción

Los ficheros de morosos son un elemento coactivo de extraordinaria potencia.

Y esta fuerza viene de que para ser incluido en el mismo basta la declaración unilateral del acreedor, sea la deuda real o no lo sea.

Al acreedor-asociado a ASNEF, ó a ASNEF EMPRESAS, le basta la comunicación al fichero de la incidencia de cobro con sus clientes, sin tener que aportar ninguna documentación acreditativa de la existencia real de las mismas.

Si como decíamos antes, la deuda es real, bien está. Pero si la deuda no es tal, total o parcialmente, se pone en una situación de absoluta indefensión a la persona.

Esto ha conllevado multitud de demandas a ASNEF y a las demás gestoras de ficheros, la mayoría de las cuales han terminado con la anulación de los datos indebidamente incluidos.

E incluso con la condena al pago de indemnizaciones por daños cuando se demuestra que estas inclusiones han perjudicado al supuesto deudor tanto económicamente como en su derecho al honor.

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